¿Y en lo referente al tiempo que se necesita para resolver los asuntos judiciales?
Respuesta:
El tiempo es esencial tanto desde el punto de vista de los plazos que hay que respetar para el ejercicio de las acciones, como desde el punto de vista de la duración de los procedimientos. Todos los plazos establecidos en la Ley como de prescripción de acciones o de caducidad son absolutos, pudiendo producir la ineficacia de cualquier reclamación; de ahí que se recomiende la consulta a un abogado en cuanto se aprecien síntomas de dilatación en el tiempo en los conflictos. En cuanto a la duración de los procedimientos, depende mucho de su naturaleza y de la situación geográfica del órgano judicial que debe resolver, siendo usual que un procedimiento se prolongue, cuando menos, media docena de meses en primera instancia.