En el condicionado de mi póliza de seguro se dice que los siniestros deben ser comunicados a la Compañía de Seguros en el plazo de siete días. He dejado pasar el plazo sin darme cuenta, ¿qué puedo hacer?
Respuesta:
La Compañía no puede negarse a aceptar el siniestro transcurrido el plazo de siete días. En este caso la Compañía está obligada a atender el siniestro e indemnizar los daños causados en el mismo. Ahora bien, no abonará los gastos que puedan originarse por causa del retraso en la comunicación por parte del asegurado.